El próximo 20 de mayo de 2025, entra en vigor el Real Decreto 1155/2024, una reforma fundamental que redefine las condiciones del arraigo en España. La nueva Instrucción SEM 1/2025, publicada por la Secretaría de Estado de Migraciones, busca unificar criterios y facilitar el acceso de personas extranjeras a figuras legales de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
En este artículo te explicamos qué cambia, los nuevos requisitos del arraigo en 2025 y cómo estos cambios pueden ayudarte a regularizar tu situación en España.
¿Qué Cambia con la Reforma de Extranjería 2025?
El nuevo marco regulatorio introduce cuatro modalidades claras de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo y el nuevo arraigo de segunda oportunidad. A continuación, desglosamos los aspectos más relevantes de cada una.
Arraigo Social: Requisitos y Condiciones en 2025
Esta modalidad está diseñada para personas que:
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Tienen vínculos familiares en España (cónyuge, pareja de hecho, hijos o padres con residencia legal), o
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Acreditan un esfuerzo notable de integración social (por ejemplo, mediante cursos, voluntariado, etc.).
Requisito económico clave: demostrar medios económicos equivalentes al 100% del IPREM (actualmente 1.200 €/mes si se convive con un familiar residente).
Arraigo Sociolaboral: Cambios en los Contratos Mínimos
Este tipo de arraigo requiere:
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Uno o varios contratos laborales que sumen más de 90 días.
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Jornada mínima de 20 horas semanales.
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Salario equivalente al SMI o lo que dicte el convenio aplicable.
Importante: No se permite trabajar por cuenta propia bajo esta figura.
Arraigo Socioformativo: Formación Obligatoria y Límites
Destinado a personas que:
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Están matriculadas o cursando formación profesional oficial o reconocida (FP, certificados de profesionalidad, etc.).
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La formación debe ser presencial o semipresencial, al menos en un 50% del contenido.
Restricción: Solo puede renovarse una vez dentro de un periodo de 3 años.
Arraigo de Segunda Oportunidad: Recuperar la Residencia
Una nueva modalidad para quienes:
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Han perdido su permiso de residencia no excepcional y no pudieron renovarlo por razones ajenas a ellos.
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No será aplicable si la pérdida fue por causas de orden público o seguridad, salvo sentencia absolutoria.
Esta figura representa una puerta de regreso legal al sistema migratorio para personas que quedaron fuera por situaciones administrativas o económicas.
Tabla Comparativa: Tipos de Arraigo en 2025
A continuación, te presentamos un resumen visual de las diferencias entre las modalidades de arraigo actualizadas:
Tipo de Arraigo | Requisitos Clave | Duración | Renovación | Observaciones |
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Arraigo Social | Vínculos familiares o integración; IPREM 100% | 1 año | Sí, si se mantienen condiciones | Necesarios medios económicos |
Arraigo Sociolaboral | Contrato(s) >90 días, 20h/semana, salario conforme al SMI | 1 año | Sí | No se permite cuenta propia |
Arraigo Socioformativo | Matriculado en formación oficial; mínimo 50% presencial | 1 año | Solo una vez en 3 años | Debe mantenerse activo en la formación |
Segunda Oportunidad | Pérdida de residencia no excepcional por motivos no penales | 1 año | Sí | No aplica si la pérdida fue por sanciones |
¿Qué Implica Esta Reforma para los Migrantes?
La reforma busca ofrecer mayores vías de regularización para personas extranjeras, facilitando su inserción en el tejido social y económico del país. A través de estos cambios, se reconoce la realidad social y formativa de muchos migrantes que antes quedaban fuera del sistema legal.
Conclusión y Llamado a la Acción
Esta reforma del Reglamento de Extranjería es una gran oportunidad para muchas personas que buscan estabilidad legal y laboral en España. Ya sea que estés estudiando, trabajando o recuperándote de una pérdida de residencia, existe un camino legal adaptado a tu situación.
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