Abogado Laboralista en Granollers y Barcelona

Contar con un abogado laboralista en Granollers o Barcelona es especialmente recomendable cuando:

  • Te han despedido o temes un despido inminente.

  • Llevas meses sin cobrar todo tu salario o pagas extra.

  • La empresa ha cambiado tu jornada, tu horario o tu centro de trabajo sin acuerdo.

  • Sufres acoso laboral o un trato degradante en tu puesto.

  • No se respetan tus derechos de conciliación, vacaciones o permisos.

En una primera consulta revisamos tu contrato, nóminas y comunicaciones con la empresa, y te explicamos con lenguaje sencillo qué puedes reclamar y qué plazos tienes para hacerlo.

1. Primera consulta

Estudiamos tu contrato, nóminas, comunicaciones y situación personal. Te explicamos tus opciones de forma realista, sin promesas imposibles.

2. Propuesta de estrategia

Siempre que sea posible, intentamos un acuerdo con la empresa que te permita cerrar el conflicto con rapidez y con una compensación adecuada.

3. Defensa ante el juzgado de lo social

Si la negociación fracasa o no es aconsejable, preparamos la demanda, reunimos la prueba necesaria y defendemos tu caso ante el juzgado, manteniéndote informado de cada paso

Preguntas frecuentes sobre derecho laboral

El derecho laboral regula la relación entre trabajador y empresa: contrato, salario, jornada, vacaciones, permisos, despidos, sanciones, etc. Un abogado laboralista en Granollers o Barcelona analiza tu situación concreta, revisa tu contrato y nóminas y te indica qué puedes reclamar y qué pasos dar para defender tus derechos.

Es muy aconsejable acudir a un abogado laboral cuando recibes una carta de despido o sanción, te modifican el horario o el salario sin acuerdo, no te pagan todo el sueldo o las pagas extra, te obligan a hacer horas extra sin compensación o empiezas a notar situaciones de acoso o presión en el trabajo. Cuanto antes consultes, más opciones tendrás.

El que se publique cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Puede consultarlo aquí

Cada convenio colectivo establece una jornada anual máxima y el Estatuto fija 40 horas semanales. 

El salario se calcula en función del tiempo trabajado y el salario por hora o por día. Además, se pueden incluir complementos salariales como la antigüedad o la productividad o pluses personales o por el puesto de trabajo. Normalmente, se regula por Convenio Colectivo.

La ley establece que los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido.

En primer lugar, todas aquellas que fije el Convenio Colectivo. Además, el Estatuto contempla las siguientes causas de despido disciplinario: faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fé contractual, disminución reiterada y voluntaria del rendimiento normal o pactado, embriaguez o toxicomanía con repercusión negativa en el trabajo, acoso discriminatorio.  A las anteriores deben unirse las propias del despido objetivo (ineptitud o falta de adaptación, económicas, técnicas, organizativas o productivas) 

Desde la notificación tienes un plazo de 20 días hábiles para revisarla con tu abogado e impugnar. 

Solo un juez puede declarar la extinción del contrato por incumplimientos graves y reiterados del empresario, cuando: se hagan modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, sin respetar la forma y con menoscabo de la dignidad del trabajador; por falta de pago o retrasos en el abono del salario (3 meses consecutivos o 6 no consecutivos), o cualquier otro incumplimiento grave y culpable.

Por supuesto. El plazo general de prescripción es de 1 año. Es importante especificar y detallar al máximo el concepto a reclamar, el periodo al que corresponde y su cuantía. 

Cualquier modificación de una condición sustancial de trabajo (jornada, salario, sistema a turnos, sistema de trabajo, funciones) o movilidades funcionales o geográficas que excedan lo dispuesto en el Estatuto y los Convenios, pueden ser impugnadas judicialmente. 

Lo primero es activar el Protocolo de acoso mediante la correspondiente denuncia. Si el acoso es especialmente grave o de naturaleza sexual, también puede interponer una denuncia penal. Además, deben recopilarse cuantas pruebas sean posibles: correos, mensajes, partes médicos, testigos, informes, etc. Conviene distinguir situaciones de acoso de meros conflictos laborales puntuales, sin vocación de permanencia, o situaciones de estrés laboral causadas por mala gestión empresarial.  

Se considera accidente de trabajo todo aquel que haya ocurrido en tiempo y lugar de trabajo o en el desplazamiento (in itinere) hasta el centro. Dependiendo de las secuelas, puede dar lugar a una indemnización por daños y perjuicios y además a una prestación por incapacidad permanente si han quedado limitaciones funcionales permanentes. Si encima el accidente se produjo debido a la falta de medidas de seguridad las prestaciones se pueden ver incrementadas entre un 30 y un 50% por el recargo de prestaciones. 

Sí, siempre que se puedan acreditar. Desde la implantación del registro de jornada, es más fácil demostrar el tiempo efectivamente trabajado. Con cuadrantes, fichajes, correos o mensajes se pueden reclamar las horas extra no compensadas o no abonadas conforme al convenio.

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