Abogado de Extranjería en Granollers y Barcelona
Abogado de extranjería en Granollers y Barcelona: regularice su situación en España
Abogados de extranjería en Granollers especializados en derecho de extranjería y nacionalidad española. Ofrecemos asesoramiento experto en inmigración para obtener residencia legal en España, permiso de trabajo, reagrupación familiar, arraigo social/familiar y solicitud de nacionalidad española. Acompañamos a extranjeros y familias en todos los trámites de regularización. ¡Contacta con nuestro despacho en Granollers!
- Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena y propia
- Arraigo social, sociolaboral, formativo
- Reagrupación familiar y autorización de familiar de ciudadano español
- Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE
- Profesionales altamente cualificados - UGE
- Recursos frente a denegaciones, sanciones y expulsiones
¿Qué podemos hacer por usted en materia de extranjería?
La normativa de extranjería cambia con frecuencia y cada tipo de autorización tiene requisitos específicos de tiempo de estancia, medios económicos, vínculos familiares y antecedentes. Un error en la documentación o en los plazos puede suponer una denegación o la pérdida de tu derecho a residir y trabajar en España.
En nuestro despacho analizamos tu situación personal (años en España, tipo de tarjeta, familia, trabajo, país de origen) y te indicamos cuál es la vía más adecuada para regularizar o mantener tu situación. Nos encargamos de preparar y presentar la solicitud, responder a los requerimientos de la administración y, si es necesario, interponer recursos frente a denegaciones o sanciones.
Servicios de extranjería
Residencia y trabajo por cuenta ajena
Asesoramos a empresas y trabajadores en la obtención de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena. Revisamos el contrato, los requisitos de la empresa y del trabajador, preparamos la solicitud y hacemos seguimiento hasta la resolución.
Trabajo por cuenta propia
Si quieres emprender como autónomo en España, te ayudamos a preparar un proyecto viable, demostrar los medios económicos necesarios y tramitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Arraigos
Para quienes llevan tiempo en España sin residencia legal, valoramos si es posible solicitar una autorización por arraigo social, sociolaboral, formativo o familiar. Analizamos tu estancia, tus vínculos, tu situación laboral y la documentación que necesitas para acreditar tu integración en España.
Reagrupación familiar
Te acompañamos en el proceso de traer a tu cónyuge, pareja, hijos o ascendientes a España. Revisamos si cumples los requisitos de medios económicos y vivienda, preparamos la documentación y hacemos seguimiento del expediente de reagrupación familiar.
Autorización de familiar de español o tarjeta de familiar de ciudadano de la UE
Asesoramos a familiares de ciudadanos españoles o de otros países de la Unión Europea que quieren obtener o renovar su tarjeta comunitaria. Revisamos la convivencia, la documentación y las causas de posibles denegaciones o extinciones.
Larga duración, renovaciones y órdenes de expulsión
Tramitamos permisos de residencia de larga duración y renovaciones de autorizaciones existentes. Si has recibido una propuesta de sanción o una orden de expulsión, estudiamos el expediente y valoramos la presentación de alegaciones y recursos para intentar evitarla.
¿Cómo trabajamos en su caso de extranjería?
Paso 1: estudio inicial
En una primera consulta analizamos su situación de residencia, el tiempo que lleva en España, su familia, su trabajo y los antecedentes que puedan existir. Le explicamos con claridad qué opciones legales tiene y qué vía es más adecuada en su caso.
Paso 2: Preparación y presentación de la solicitud
Le indicamos qué documentos necesita, revisamos que todo esté correcto y presentamos la solicitud por vía telemática o presencial, según corresponda. Nuestro objetivo es evitar errores formales y requerimientos innecesarios que retrasen el expediente.
Paso 3: Seguimiento, renovaciones y recursos
Hacemos seguimiento del expediente, respondemos a los requerimientos de la administración y le avisamos de los plazos de renovación. Si hay una denegación, sanción o propuesta de expulsión, estudiamos las posibilidades de recurso y le acompañamos en todo el proceso.
Por qué elegirnos como abogados de extranjería
- Experiencia en permisos de residencia, trabajo, arraigo, reagrupación y tarjetas comunitarias o familiares de español
- Conocimiento actualizado de la normativa de extranjería y de la práctica de las oficinas de extranjería en Barcelona y provincia.
- Explicaciones claras sobre los requisitos, los plazos y los riesgos de cada opción
- Preparación ordenada de la documentación para minimizar errores y retrasos
- Acompañamiento continuo, desde la primera consulta hasta la resolución del expediente
¿Quiere regularizar su situación o renovar su autorización?
Preguntas frecuentes en derecho de extranjería
¿Puedo venir a España con una autorización de trabajo?
Para obtener un permiso de trabajo en España, debe tener una oferta de trabajo de una empresa española o extranjera con sede en España. La empresa debe solicitar la autorización de trabajo en su nombre. También puede obtener un permiso de trabajo si es un trabajador altamente cualificado o si es un emprendedor que desea establecer una empresa en España.
Sí. Existen cuatro tipos de autorizaciones por arraigo: el arraigo social, qué exige 2 años de estancia irregular y acreditar medios económicos; el arraigo sociolaboral, para personas que puedan demostrar 2 años de estancia y una oferta de trabajo a razón de 20 horas semanales; el arraigo de segunda oportunidad, para personas que han perdido la autorización de residencia tras dos años de residencia legal; el socioformativo, para personas con 2 años de estancia que quieran estudiar formación reglada en España.
El vínculo de matrimonio o pareja de hecho oficial registrada da derecho al extranjero a la aplicación del régimen de familiar de español y a una autorización de 5 años de residencia y trabajo, si bien el reagrupante español/a o miembro de la UE debe cumplir otros requisitos cómo el contar con medios económicos.
Por regla general los certificados de estado civil (nacimiento, matrimonio, etc.) caducan en 3 meses. Otros certificados, cómo los antecedentes penales, si no establecen un plazo distinto, también caducarán en los 3 meses desde su expedición. En ocasiones si el documento lo especifica puede caducar a los 6 meses.
Todo documento público extranjero debe llevar la apostilla de la Haya, o en caso de que el país en cuestión no esté adherido a la Convención de la Haya, debe llevar la legalización del Ministerio que ha expedido el mismo en origen y del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. En la UE existe una exención de legalización.
Son válidas las traducciones expedidas por interpretes jurados habilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
Si se trata de una autorización en régimen general 60 días antes o 90 posteriores. En caso de comunitarias, 30 días antes o 90 posteriores.
Siempre que se incumpla la Ley de Extranjería y la conducta sea de suficiente gravedad, por ejemplo, tener antecedentes penales o policiales. No obstante, se tendrá derecho a hacer alegaciones o incluso recurrir.
Depende del tiempo de duración de la relación. Si la misma ha durado 3 años y al menos uno de ellos en España, podrá solicitarse una autorización de residencia independiente del reagrupante.
Se puede interponer recurso administrativo de reposición en el plazo de 1 mes (opcional) o demanda al Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de 2 meses. Sí se opta por el recurso de reposición y transcurren 45 días sin respuesta se entenderá desestimado y entonces se podrá acceder a la vía judicial por silencio administrativo.