El despido disciplinario es una figura jurídica compleja que permite al empresario extinguir la relación laboral de forma unilateral cuando el trabajador comete ciertas faltas. A continuación, exploraremos sus causas, requisitos formales, efectos y cómo reaccionar ante un despido disciplinario.

¿Cuáles son las causas del despido disciplinario?

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece claramente las causas por las cuales un empresario puede aplicar este tipo de despido, entre ellas:

  • Disminución voluntaria y continuada del rendimiento laboral.
  • Embriaguez o toxicomanía habitual que repercuta negativamente en el trabajo.
  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas hacia compañeros, superiores o familiares de éstos.
  • Acoso laboral.
  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.

Requisitos formales que debe cumplir el despido disciplinario

Según el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, el despido disciplinario debe cumplir estrictamente con varios requisitos formales:

  • Comunicación por escrito, especificando los hechos y fecha efectiva del despido.
  • Desde el pasado 18/11/2024 es obligatorio dar audiencia previa al trabajador que va a ser despedido, con algunas excepciones. Enlazamos a un artículo nuestro sobre esto aquí.
  • Las faltas tienen un plazo de prescripción, salvo que sean ocultadas
  • Conviene fijarse en si el Convenio Colectivo establece otras formalidades

Pasos que seguir ante un despido disciplinario

  • Revisar cuidadosamente la carta de despido, firma “No conforme”
  • Buscar asesoramiento jurídico especializado.
  • Impugnar el despido dentro del plazo legal de 20 días hábiles.

Ya sea que se trate de improcedencia, nulidad o procedencia, los tribunales aplican criterios muy rigurosos. De ahí la importancia de impugnar el despido con el respaldo de un abogado laboralista experto y especializado.

¿Cómo se califica un despido disciplinario en los tribunales?

Despido Procedente

El despido será procedente cuando se acrediten suficientemente las faltas imputadas al trabajador así cómo su gravedad y tipicidad.

Despido Improcedente

Será improcedente cuando no se acrediten las faltas o existan defectos formales (falta de audiencia previa, de fecha de efectos, de forma escrita…). La indemnización será de 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012 y 33 días desde esa fecha hasta la actualidad, con un máximo de 720 días.

Despido Nulo

Es nulo si se fundamenta en discriminación, vulneración de derechos fundamentales, o situaciones protegidas como embarazo, permiso o excedencia relacionada. En estos casos, la consecuencia es la readmisión obligatoria más salarios de trámite.

Conclusión

El despido disciplinario es un mecanismo que protege los intereses empresariales ante faltas laborales muy graves, pero su aplicación debe cumplir rigurosamente con la ley para evitar consecuencias adversas en los tribunales.

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