Las autorizaciones por arraigo son un mecanismo para lograr la regularización en España mediante circunstancias excepcionales como el arraigo social, laboral, familiar o el reciente arraigo socioformativo y la opción de segunda oportunidad.

El arraigo social no requiere contrato pero exige demostrar vínculos familiares o medios propios. El arraigo laboral y socioformativo sí requieren compromiso laboral o formativo respectivamente.

Tipos de Arraigo (Reforma 2024)

  1. Sociolaboral: Con contrato laboral y presencia de 2 años en España.
  2. Social: Sin contrato, requiere vínculos familiares o medios propios.
  3. Socioformativo: Con compromiso formativo y matrícula acreditada.
  4. Familiar: Padres de menores ciudadanos UE o cuidadores de discapacitados
  5. Segunda oportunidad: Para quienes no pudieron renovar su autorización.

Beneficios

  • En la mayoría de supuestos, incluye autorización de trabajo.
  • Reducción de requisitos documentales.

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