Registros horarios, ausencias y despidos disciplinarios: qué errores están detectando los tribunales

La Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015,de 23 de octubre[en adelante, ET], dice: Artículo 54. Despido disciplinario. 1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en unincumplimiento grave y culpable del trabajador. 2. Se considerarán incumplimientos contractuales: […] […]

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