Abogado de despidos en Granollers
Si te han comunicado un despido, conviene revisar la carta y las fechas cuanto antes. La acción para impugnarlo está sujeta, con carácter general, a un plazo de caducidad de 20 días hábiles. No se computan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano judicial, y la presentación de la conciliación previa afecta al cómputo del plazo.
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Qué reviso en un despido
Soy Javier Navarro Pérez, abogado laboralista en Granollers. Analizo el caso antes de recomendar una reclamación o una negociación. La revisión suele incluir:
- La carta de despido y la fecha real de efectos.
- El contrato, la antigüedad y las posibles sucesiones o subrogaciones empresariales.
- Las nóminas, variables, bonus, comisiones y conceptos que pueden integrar el salario regulador.
- La causa alegada por la empresa y la prueba disponible para discutirla.
- Las formalidades exigibles, incluida la audiencia previa cuando proceda.
- Indicios de discriminación, represalia o vulneración de derechos fundamentales.
- El finiquito y la indemnización ofrecida, si los hay.
Despido disciplinario, objetivo, improcedente o nulo
Despido disciplinario
La empresa atribuye un incumplimiento grave y culpable: faltas de asistencia, desobediencia, transgresión de la buena fe, disminución voluntaria del rendimiento u otras causas legales. No basta con que la carta utilice una etiqueta; hay que comprobar si concreta los hechos, sus fechas, su gravedad y si la empresa puede probarlos.
Despido objetivo
Puede basarse, entre otros supuestos, en causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. Reviso la realidad de la causa, la conexión con el puesto afectado, la documentación entregada, la indemnización y los requisitos formales.
Despido improcedente
Puede declararse improcedente cuando no se acredita la causa o se incumplen requisitos relevantes. La consecuencia ordinaria es la opción empresarial entre readmisión o indemnización, con las particularidades legales aplicables a representantes de las personas trabajadoras y a otros supuestos.
Despido nulo
La nulidad exige una causa jurídica específica, como discriminación o vulneración de derechos fundamentales, además de los supuestos especialmente protegidos previstos en la ley. No todo despido injustificado es nulo. Si existen indicios —por ejemplo, represalias tras una reclamación, embarazo, conciliación o una situación de salud— hay que ordenar la cronología y conservar la prueba desde el primer momento.
Qué documentación conviene traer
- Carta de despido y cualquier documento firmado al finalizar la relación.
- Contrato y anexos.
- Últimas doce nóminas, si están disponibles.
- Vida laboral.
- Convenio colectivo o identificación de la actividad y centro de trabajo.
- Correos, WhatsApp, evaluaciones, sanciones, fichajes o cuadrantes relacionados con los hechos.
- Información sobre bajas médicas, permisos, reducciones, denuncias o reclamaciones recientes, cuando sean relevantes.
No borres mensajes ni archivos y conserva los originales. Una captura aislada puede ser menos útil que una conversación completa y correctamente exportada.
Cómo se tramita la reclamación
- Análisis urgente: identifico la fecha de despido, el plazo disponible, la pretensión viable y la prueba que falta.
- Conciliación: cuando es preceptiva, se presenta la papeleta ante el servicio administrativo correspondiente y se valora una posible negociación.
- Demanda: si no hay acuerdo, se formula la demanda ante el Juzgado de lo Social competente.
- Preparación y juicio: se ordenan documentos, interrogatorios, testigos y demás medios de prueba.
Cada asunto exige una estrategia propia. Un acuerdo rápido puede ser conveniente en algunos casos; en otros, puede suponer renunciar a una pretensión con recorrido.
Despidos con antigüedad, salario variable o situaciones complejas
La cuantía puede cambiar de forma relevante cuando existen muchos años de servicio, periodos anteriores a febrero de 2012, bonus, comisiones, retribución en especie, reducción de jornada protegida o una antigüedad discutida. Puedes consultar también la página específica sobre despidos con antigüedad y retribución elevada y la guía sobre salario regulador de la indemnización.
Preguntas frecuentes
¿Debo firmar la carta de despido?
La firma suele acreditar la recepción, no necesariamente la conformidad. Es prudente hacer constar “no conforme” y la fecha real de entrega, y conservar una copia. Si ya firmaste, eso no impide por sí solo impugnar.
¿El finiquito impide reclamar?
Depende de su contenido, de cómo se firmó y de si existe una renuncia válida y suficientemente clara. Conviene revisarlo antes de firmar o cobrar cantidades condicionadas a un acuerdo.
¿Puedo reclamar si estaba de baja médica?
Sí, pero la baja no convierte automáticamente el despido en nulo. Hay que analizar la causa comunicada, la conexión temporal, los indicios discriminatorios y la prueba.
¿Cuánto tiempo tengo?
Como regla general, 20 días hábiles desde que el despido produce efectos. Es un plazo de caducidad y su cálculo puede complicarse por la conciliación, festivos o discrepancias sobre la fecha efectiva. No conviene esperar al último día.
Consulta con un abogado laboralista en Granollers
Atiendo con cita previa en Granollers y también por videollamada. En la primera consulta revisaré la documentación disponible, el plazo, las alternativas y los riesgos, sin prometer un resultado que dependa de la prueba o de la decisión judicial.
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Esta página ofrece información general y no sustituye el estudio individual del caso.