Accidente de trabajo y enfermedad profesional: definición y jurisprudencia reciente

En el ámbito del derecho laboral y la Seguridad Social, dos conceptos clave afectan a los trabajadores: el accidente laboral y la enfermedad profesional. Este artículo explicará detalladamente estas contingencias y analizará la jurisprudencia laboral reciente que determina su diferenciación y consecuencias prácticas, especialmente en casos de accidente laboral en Barcelona y otras zonas.

¿Qué es un accidente laboral? Definición y características

Según el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), un accidente laboral es cualquier lesión corporal (física, psíquica o psicosomática) sufrida por el trabajador debido a la actividad laboral que realiza por cuenta ajena. Esta definición de accidente laboral se basa en tres elementos esenciales:

– Existencia de una lesión corporal.
– Trabajo realizado por cuenta ajena.
– Relación causal directa o indirecta con la actividad laboral.

Asimismo, el artículo 156.2 LGSS especifica supuestos concretos considerados como accidente laboral, incluyendo:
– Accidentes “in itinere”, es decir, los ocurridos de camino al trabajo o al regresar al domicilio.
– Accidentes “in mision”, sucedidos durante desplazamientos ordenados por la empresa.
– Accidentes en actividades sindicales.
– Accidentes al realizar tareas fuera del grupo profesional habitual.
– Accidentes en actos de salvamento.
– Enfermedades derivadas directamente del trabajo.
– Agravación de enfermedades preexistentes por accidentes laborales.

Además, se presume que cualquier accidente ocurrido en tiempo y lugar de trabajo tiene naturaleza laboral, excepto casos de fuerza mayor, dolo o imprudencia temeraria del trabajador.

¿Qué es una enfermedad profesional?

La enfermedad profesional se define como aquella contraída exclusivamente por el trabajo realizado por cuenta ajena, especificada en el R.D. 1299/2006 de 10 de noviembre. A diferencia del accidente laboral, la enfermedad profesional deriva de la exposición prolongada a determinados elementos o sustancias en el entorno laboral.

Jurisprudencia reciente sobre accidentes laborales: estrés postraumático

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (STSJ CAT 9002/2024, recurso 2031/2024) aborda un caso especialmente relevante de estrés postraumático como accidente laboral. Un moderador de contenidos digitales sufrió una incapacidad temporal por visualizar reiteradamente contenidos violentos. Aunque la empresa implementaba medidas de prevención, el tribunal confirmó la calificación de accidente laboral, destacando:
– La conexión directa entre la enfermedad y la actividad laboral.
– La responsabilidad de la mutua laboral en la cobertura de la incapacidad temporal.
– Posible aplicación de un recargo de prestaciones del 30-50% por falta de medidas preventivas adecuadas, según una inspección laboral (aún en recurso).

Este caso ejemplifica cómo una afección mental puede ser clasificada como accidente de trabajo, con implicaciones legales y económicas claras.

Importancia de la determinación de contingencias laborales

La diferencia entre un accidente laboral o enfermedad profesional, una enfermedad común o un accidente no laboral es crítica. La principal diferencia radica en el importe percibido durante la incapacidad temporal: el 75% de la base reguladora para accidente laboral o enfermedad profesional, frente al 60% en otros casos (salvo complementos específicos por convenio).

Además, no existen periodos de carencia en casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, a efectos de acceso a prestaciones como la incapacidad temporal o permanente, mientras que en casos de enfermedad común sí se nos va a exigir un periodo mínimo cotizado.  

Además, la correcta calificación puede determinar el acceso a una indemnización, en el caso de accidente de camino al trabajo, o durante una salida laboral in mision.

Conclusiones prácticas para empresas y trabajadores

Las empresas deben cumplir estrictamente con la prevención de riesgos laborales mediante:
– Evaluaciones periódicas de riesgos laborales.
– Formación específica sobre riesgos psicosociales.
– Vigilancia continua de la salud del trabajador.

Los trabajadores deben impugnar la contingencia ante el INSS si sospechan que su patología deriva del trabajo.

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Referencias jurisprudenciales

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (STSJ CAT 9002/2024), Recurso nº 2031/2024, de 9 de diciembre de 2024.

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